Cómo declarar el alquiler en la Renta 2026: los detalles que se suelen pasar por alto

Normativa revisada el 24 de septiembre de 2026 · Asesorados por un despacho de asesoría fiscal

Con las normas de hoy, el alquiler de la Renta 2026 se declara como siempre: ingresos menos gastos. Hay detalles que se suelen pasar por alto. Los gastos que pagarías igual solo cuentan por los días alquilados. Si el seguro se renueva a mitad de año, cada póliza cuenta por su periodo. Y los muebles se amortizan solo por los días con inquilino, con un techo de 20 años desde la compra.

Las guías generales te cuentan lo básico: declara las rentas, resta los gastos. Eso ya lo sabes. Aquí vamos a los detalles en los que es fácil equivocarse, aunque lleves años alquilando, cada uno con un ejemplo. Ninguno es raro: si tu vivienda no estuvo alquilada el año entero, si tu seguro se renueva a mitad de año o si la amueblaste, te afectan.

«Renta 2026» es la declaración del ejercicio 2026. Se presenta en 2027, previsiblemente de abril a finales de junio.

1. Los gastos que pagarías igual solo cuentan por los días alquilados

Hay dos clases de gastos, y se descuentan de forma distinta:

  • Los que existen porque alquilas —la inmobiliaria, el abogado de un desahucio, el certificado energético, la formalización del contrato—: se descuentan enteros en el año que toca.
  • Los que pagarías aunque no alquilaras —IBI, comunidad, tasa de basuras, seguro de hogar, los intereses del préstamo con el que compraste o mejoraste la vivienda—: solo la parte de los días en que la vivienda estuvo alquilada.

Ejemplo. Pagas 1.200 € de IBI y el piso estuvo alquilado del 1 de marzo al 31 de diciembre (306 días). Descuentas 1.200 × 306/365 = 1.006,03 €, no 1.200 €.

El error típico: descontar el recibo entero porque «lo he pagado yo». Pagarlo no basta; lo que cuenta es el tiempo que la vivienda generó rentas.

Las reparaciones van aparte: según el criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central, no se reparten por días, y tienen sus propias reglas. Lo explicamos en la guía de reparación y conservación.

Si alquilas solo una parte (por ejemplo, habitaciones), los gastos comunes se reparten además según la parte alquilada. Los gastos que son solo de esa habitación cuentan enteros.

Cómo lo hace controldealquiler.com: los gastos que pagarías igual se reparten solo entre los días de contrato de ese año (y entre las habitaciones, si alquilas por habitaciones). Los ligados al alquiler cuentan enteros. Puedes seguir cada cifra hasta el recibo del que sale.

2. Si el seguro se renueva a mitad de año, cada póliza cuenta por su periodo

El seguro de hogar es muchas veces una póliza anual que no empieza el 1 de enero: se renueva, por ejemplo, cada 1 de julio, y muchas veces con otro precio. Entonces, en un mismo año, la vivienda la cubren dos pólizas: la del año pasado hasta junio y la nueva desde julio. Cada una cuenta por los días alquilados dentro de su periodo.

Ejemplo. Tu póliza se renueva cada 1 de julio. La del año pasado costó 300 € y la nueva, 360 €. La vivienda estuvo alquilada todo el año.

  • De enero a junio (181 días) te cubre la póliza de 300 €: 300 × 181/365 = 148,77 €.
  • De julio a diciembre (184 días) te cubre la de 360 €: 360 × 184/365 = 181,48 €.

En total, 330,25 €.

Qué necesitas: el recibo de cada póliza que cubrió parte del año, también el del año anterior, con sus fechas de cobertura (vienen en el recibo o en la póliza).

Cómo lo hace controldealquiler.com: reparte cada recibo por los días alquilados dentro de su periodo de cobertura. Si a un recibo le faltan las fechas, lo trata como una póliza de un año desde la fecha del recibo y te avisa para que las completes.

3. Los muebles se amortizan solo por los días con inquilino, con un techo de 20 años desde la compra

Los muebles y electrodomésticos no se descuentan de una vez: se amortizan, como máximo un 10 % al año de lo que costaron, y solo por los días en que la vivienda está alquilada. Lo que se suele pasar por alto:

  • Un año vacío no descuenta, pero tampoco se pierde. Ese año no deduces nada, y el mueble sigue amortizándose después, hasta llegar a lo que costó.
  • Hay un techo: 20 años desde la compra. Pasado ese plazo ya no se descuenta nada, aunque no se haya llegado al 100 %. Por eso un mueble comprado mucho antes de alquilar tiene menos años por delante.

Ejemplo. Amueblas el piso con 2.000 € y lo alquilas ese mismo año. Cuota anual, al máximo del 10 %: 200 €.

  • Año 1, alquilado: 200 €.
  • Año 2, vacío: 0 €.
  • Años 3 a 11, alquilado: 200 € cada año.

En total, 2.000 €: las diez cuotas, la última en el año 11, dentro de los 20 años. Y si un año la vivienda solo está alquilada una parte, descuentas la parte de esos días: con 9 meses alquilada (273 días), 200 × 273/365 = 149,59 €.

Otro ejemplo, el techo. Un sofá comprado en 2010 que llevas al piso cuando lo alquilas en 2025: sus 20 años acaban en 2030, así que le quedan unos cinco años de amortización, no diez.

Desde cuándo empieza: desde el primer día en que la vivienda está alquilada con el mueble dentro. Tenerla anunciada no basta.

De dónde sale: del Reglamento del IRPF y de la tabla oficial de amortización: un máximo del 10 % al año, solo por los días alquilados, y un periodo máximo de 20 años desde la compra.

Cómo lo hace controldealquiler.com: lleva la cuenta de cada mueble: cuánto lleva amortizado, qué días estuvo alquilada la vivienda y cuándo se cumplen sus 20 años. Cada año descuenta lo que toca, sin que tengas que calcular nada.

Lo demás (con las normas de hoy)

Los ingresos son las rentas del año y la construcción se amortiza al 3 %. La reducción por alquiler de vivienda depende de la fecha y las condiciones de tu contrato. Además, en octubre de 2026 el Gobierno ha cambiado sus reglas por decreto-ley, sobre todo para los contratos nuevos, aunque también hay una novedad para la prórroga tácita de los actuales. Ese decreto todavía tiene que convalidarse: revísala antes de declarar. Renta Web la calcula con los datos que marques. Los topes de gastos también los aplica Renta Web. Si es tu primer alquiler, empieza por la guía para nuevos arrendadores; y para la construcción, la de amortización del 3 %.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Renta 2026? La declaración del IRPF del ejercicio 2026. Se presenta en 2027, previsiblemente de abril a finales de junio.

¿El IBI se descuenta entero si alquilo medio año? No: solo la parte de los días alquilados.

¿Puedo descontar el seguro de hogar del piso alquilado? Sí, la parte de los días alquilados. Si la póliza se renueva a mitad de año, cada una cuenta por su periodo.

¿Los muebles se amortizan si el piso está vacío? Mientras está vacío no descuentas nada, pero esa cuota no se pierde: sigues amortizando después, hasta llegar a lo que costó y como mucho 20 años desde la compra.

¿Cuánto puedo amortizar al año de los muebles? Como máximo el 10 % de su coste.

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La app hace estos cálculos con reglas programadas, a partir de tus contratos y recibos, y cada cifra te lleva al documento del que sale. Pruébala gratis.

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