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Ayudas al arrendador

Rehabilitación en Sant Boi: ascensores y obras con hasta el 100 % si cedes un piso vacío a alquiler social

Abierta

La pide tu comunidad de propietarios · Hasta el 23 de octubre de 2026

Depende de dónde está la vivienda

Depende de que haya presupuesto disponible.

El Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat reparte 90.000 € para rehabilitar edificios y viviendas: el 25 % del ascensor (hasta 10.000 €), el 12 % de las barreras (hasta 200 € por vivienda), el 50 % de envolvente y bajantes, y para viviendas vacías que se cedan en alquiler social o asequible el 100 % (hasta 10.000 € por vivienda, durante 5 años). Plazo del 28 de septiembre al 23 de octubre de 2026.

Qué exige

  • El edificio está en Sant Boi de Llobregat, es anterior a 1996 y al menos el 70 % de sus viviendas son domicilio habitual. Si tiene 45 años o más, debe tener la ITE.
  • Edificios: ascensor 25 % (máx. 10.000 €), barreras 12 % (máx. 200 € por vivienda), envolvente 50 % (máx. 500 € por vivienda), bajantes 50 % (máx. 4.000 €).
  • Viviendas: habitabilidad 50 % (máx. 6.000 €), movilidad 50 % (máx. 7.200 €), eficiencia energética 40 % (máx. 6.000 €), masovería urbana 60 % (máx. 5.000 €).
  • Viviendas desocupadas para alquiler social o asequible: 100 % (máx. 10.000 € por vivienda), con compromiso de 5 años en la bolsa de vivienda.
  • Ingresos de la unidad de convivencia hasta 3 veces el IRSC para la vivienda propia o la arrendada sin repercutir el coste al inquilino.

Cómo se pide

Solicitud ante el Ayuntamiento de Sant Boi (santboi.cat) del 28 de septiembre al 23 de octubre de 2026 (el extracto municipal; la BDNS lo recoge del 30-09 al 25-10 y prevalece el texto municipal). Concurrencia con 90.000 € de crédito.

Ir a la sede oficial (se abre en otra web)

Qué pasa en tu declaración de la Renta

La ayuda no está en la lista de ayudas que no tributan (disposición adicional 5.ª.4 de la Ley 35/2006): con el criterio general, cada propietario declara la parte que le corresponde como ganancia patrimonial en la base general, en el año en que se cobra (artículos 14.2.c, 33.1, 45 y 88 de la Ley 35/2006). Hacienda no la resta del coste de la obra en una vivienda alquilada (consulta V0376-10): tu derrama se deduce o se amortiza entera. Puede ser gasto del alquiler o, si es una mejora, amortizarse (artículos 13 y 14 del Reglamento del IRPF).

¿Alquilas una vivienda?

En controldealquiler.com ves las ayudas que encajan con dónde está tu vivienda y, si sale una nueva para tu zona, te lo podemos avisar por correo. Además, cada gasto de tu alquiler queda en su casilla de la renta.

Fuente: Convocatoria 2026 de ayudas a la rehabilitación, Ayuntamiento de Sant Boi de Llobregat (BDNS 931827; extracto municipal, www.santboi.cat)

Comprobado el 13 de octubre de 2026

Resumen informativo. Antes de pedirla, lee la convocatoria oficial (se abre en otra web): los requisitos y plazos que valen son los suyos.