Rehabilitación en concellos gallegos de menos de 5.000 habitantes: el 75 % de la obra, hasta 30.000 €, también para alquilar
Expirada · suele volver a convocarseLa pides tú
Depende de dónde está la vivienda
Subvención del 75 % del presupuesto, con un máximo de 30.000 € por vivienda, para rehabilitar, terminar o ampliar viviendas, o convertir locales en vivienda, en concellos de Galicia de menos de 5.000 habitantes. Vale si vas a vivir en ella y también si la vas a alquilar; en ese caso no hay límite de ingresos y la vivienda entra en Fogar Vivo. La convocatoria de 2026 cerró el 1 de septiembre.
Qué exige
- La vivienda está en un concello de menos de 5.000 habitantes.
- La destinas al menos 5 años a tu residencia o al alquiler; si es alquiler, con la renta tope de Fogar Vivo, contrato de vivienda habitual y sin parentesco con el inquilino (3 ayudas como máximo por solicitante).
- Las obras no habían empezado en la fecha de la convocatoria y se hacen en 18 meses como máximo.
- Una solicitud por inmueble.
Cómo se pide
En la sede electrónica de la Xunta (procedimiento VI435E), dirigida al área provincial del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, dentro del plazo de cada convocatoria.
Ir a la sede oficial (se abre en otra web)Qué pasa en tu declaración de la Renta
La ayuda no está en la lista de ayudas que no tributan (disposición adicional 5.ª.4 de la Ley 35/2006), así que, con el criterio general, se declara como ganancia patrimonial en la base general, en el año en que la cobras (artículos 14.2.c, 33.1 y 45 de la Ley 35/2006). En una vivienda alquilada, consulta con tu asesor si conviene tratarla como menor coste de la mejora que amortizas. La obra puede ser gasto del alquiler o, si es una mejora, amortizarse (artículos 13 y 14 del Reglamento del IRPF).
¿Alquilas una vivienda?
En controldealquiler.com ves las ayudas que encajan con dónde está tu vivienda y, si sale una nueva para tu zona, te lo podemos avisar por correo. Además, cada gasto de tu alquiler queda en su casilla de la renta.
Fuente: Resolución de 22 de diciembre de 2025 del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, bases del programa de ayudas de rehabilitación de viviendas en el rural y convocatoria 2026 (VI435E), ordinales 5.º, 8.º, 9.º, 10.º, 12.º y 32.º (BDNS 880582, https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/880582)
Comprobado el 24 de septiembre de 2026
Resumen informativo. Antes de pedirla, lee la convocatoria oficial (se abre en otra web): los requisitos y plazos que valen son los suyos.
