Plan Rehabilita Madrid 2026: ayudas para obras en el edificio
Expirada · suele volver a convocarseLa pide tu comunidad de propietarios
Depende de dónde está la vivienda
El Ayuntamiento de Madrid subvenciona un porcentaje de las obras de accesibilidad, conservación, eficiencia energética, salubridad y seguridad en edificios de viviendas: ascensores, rampas, fachadas, cubiertas, aislamiento, renovables o retirada de amianto. El plazo acaba el 30 de septiembre de 2026.
Qué exige
- La piden la comunidad de propietarios (o una agrupación de comunidades), los propietarios de un edificio sin división horizontal formal o el dueño de una vivienda unifamiliar.
- Si eres dueño de más del 60 % de un edificio de pisos, solo puedes pedirla si cedes parte de las viviendas vacías al programa «Reviva Madrid» de la EMVS.
- El edificio tiene que ser de uso residencial y estar en el municipio de Madrid.
- La ayuda es un porcentaje del presupuesto de la obra, que cambia según el tipo de actuación.
Cómo se pide
Si tu vivienda está en un edificio con comunidad, llévaselo a tu administrador de fincas: la solicitud la presenta la comunidad en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid antes del 30 de septiembre de 2026.
Ir a la sede oficial (se abre en otra web)Qué pasa en tu declaración de la Renta
La ayuda no está en la lista de ayudas que no tributan (disposición adicional 5.ª.4 de la Ley 35/2006): cada propietario declara la parte que le corresponde como ganancia patrimonial en la base general, en el año en que se cobra (artículos 14.2.c, 33.1, 45 y 88 de la Ley 35/2006). Si la obra mejora la eficiencia energética del edificio, puede darte la deducción del 60 % (disposición adicional 50.ª.3), descontando la parte subvencionada. Tu derrama en la vivienda alquilada puede ser gasto del alquiler o, si es una mejora, amortizarse (artículos 13 y 14 del Reglamento del IRPF).
¿Alquilas una vivienda?
En controldealquiler.com ves las ayudas que encajan con dónde está tu vivienda y, si sale una nueva para tu zona, te lo podemos avisar por correo. Además, cada gasto de tu alquiler queda en su casilla de la renta.
Fuente: Decreto de 28 de mayo de 2026 del delegado del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda, convocatoria «Plan Rehabilita Madrid 2026» (BDNS 908939; extracto en BOCM núm. 129, 2-06-2026, https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/02/BOCM-20260602-59.PDF; BOAM núm. 10138, 2-06-2026)
Comprobado el 24 de septiembre de 2026
Resumen informativo. Antes de pedirla, lee la convocatoria oficial (se abre en otra web): los requisitos y plazos que valen son los suyos.
