Xarxa Lloga’m de la Generalitat Valenciana: alquila a precio asequible con seguro de impago, daños y defensa jurídica gratis
Sin fecha de cierreLa pides tú
Depende de dónde está la vivienda
Inscribes la vivienda en la red pública de alquiler asequible y un agente inmobiliario colaborador te busca inquilino. La Generalitat paga los seguros que te garantizan el cobro de la renta si hay impago, la defensa jurídica y la reparación de daños, además del multirriesgo de hogar y el certificado energético si no los tienes. A cambio, la renta no puede pasar del máximo que fija la Conselleria, y el agente cobra sus honorarios reglados (una mensualidad por el primer contrato y un 3 % mensual mientras dure).
Qué exige
- Eres propietario, o tienes un derecho que te permite alquilar, y estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
- La vivienda no es protegida (salvo excepciones), tiene cocina amueblada y equipada, baño completo y suministros de alta, y está lista para entrar a vivir.
- La renta no pasa de la máxima que fija la Conselleria.
- Das exclusividad de 6 meses al agente colaborador, con una garantía de 120 € que se descuenta o se devuelve.
Cómo se pide
Solicitud por internet, en cualquier momento, en la sede de la Generalitat Valenciana (procedimiento 22494). Después te contacta un agente inmobiliario colaborador, que recoge la documentación y firma contigo el mandato.
Ir a la sede oficial (se abre en otra web)Qué pasa en tu declaración de la Renta
El alquiler se declara igual que siempre (artículos 22 y 23 de la Ley 35/2006). No cobras dinero por el programa: como la prima del seguro la paga la Administración y no tú, no puedes restarla como gasto del alquiler (el artículo 13.f del Reglamento del IRPF solo admite las primas que pagas). Si el seguro te paga rentas impagadas, consulta con tu asesor cómo declararlas. Los honorarios del agente son gasto del alquiler (artículo 23.1.a de la Ley 35/2006).
¿Alquilas una vivienda?
En controldealquiler.com ves las ayudas que encajan con dónde está tu vivienda y, si sale una nueva para tu zona, te lo podemos avisar por correo. Además, cada gasto de tu alquiler queda en su casilla de la renta.
Fuente: Decreto 130/2021, de 1 de octubre, del Consell, reglamento para la movilización de viviendas vacías y deshabitadas, arts. 76, 77, 83, 94, 95 y 96 (DOGV núm. 9192, 11-10-2021, https://dogv.gva.es/datos/2021/10/11/pdf/2021_10127.pdf); ficha del procedimiento 22494 (https://www.gva.es/pdf/PR22494_es.pdf)
Comprobado el 24 de septiembre de 2026
Resumen informativo. Antes de pedirla, lee la convocatoria oficial (se abre en otra web): los requisitos y plazos que valen son los suyos.
