Ayudas al arrendador

Ayuda de la Generalitat Valenciana si tu inquilino no paga y no se va: hasta 500 € de abogado y 1.500 € de reparaciones

Expirada

La pides tú

Depende de dónde está la vivienda

Subvenciona hasta 500 € de honorarios de abogado para recuperar la vivienda y hasta 1.500 € para reparar los daños. Las bases llaman «ocupación ilegal» también a la del inquilino que se queda incumpliendo el contrato, así que sirve para impagos del alquiler. Solo cuentan los gastos pagados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026. Es la primera convocatoria y cerró el 10 de septiembre de 2026.

Qué exige

  • Tienes vecindad administrativa en la Comunitat Valenciana desde hace al menos un año: si no estás empadronado allí, no puedes pedirla aunque la vivienda esté en la Comunitat.
  • Eres persona física propietaria o usufructuaria de una vivienda en la Comunitat Valenciana.
  • Hay ocupación sin título, con denuncia o atestado, o el inquilino incumple el contrato y lo acreditas con requerimientos formales de pago o con la demanda.
  • Las facturas de abogado o de reparación están pagadas en 2026 (no cuentan las costas judiciales ni las mejoras).

Cómo se pide

Solicitud en la sede de la Generalitat Valenciana dentro del plazo de la convocatoria (en 2026, del 13 de agosto al 10 de septiembre).

Ir a la sede oficial (se abre en otra web)

Qué pasa en tu declaración de la Renta

La ayuda no está en la lista de ayudas que no tributan (disposición adicional 5.ª.4 de la Ley 35/2006): con el criterio general, se declara como ganancia patrimonial (artículo 33.1 de la Ley 35/2006). Si la vivienda estaba alquilada, los gastos de abogado y de reparación son gasto del alquiler (artículo 23.1.a); no hemos verificado si hay que restar de ese gasto la parte subvencionada. Consulta con tu asesor.

¿Alquilas una vivienda?

En controldealquiler.com ves las ayudas que encajan con dónde está tu vivienda y, si sale una nueva para tu zona, te lo podemos avisar por correo. Además, cada gasto de tu alquiler queda en su casilla de la renta.

Fuente: Resolución de 2 de junio de 2026, bases reguladoras de las ayudas a víctimas de ocupación ilegal de viviendas, bases 2.ª a 7.ª (DOGV 04-06-2026, https://dogv.gva.es/datos/2026/06/04/pdf/2026_19089_es.pdf); Resolución de 4 de agosto de 2026, convocatoria 2026 (DOGV 12-08-2026, https://dogv.gva.es/datos/2026/08/12/pdf/2026_26713_es.pdf)

Comprobado el 24 de septiembre de 2026

Resumen informativo. Antes de pedirla, lee la convocatoria oficial (se abre en otra web): los requisitos y plazos que valen son los suyos.