Ayudas al arrendador

Accesibilidad en edificios de Andalucía: la Junta paga el 60 % del ascensor o la rampa de tu comunidad

Expirada · suele volver a convocarse

La pide tu comunidad de propietarios

Depende de dónde está la vivienda

Subvención a comunidades de propietarios para mejorar la accesibilidad del edificio (ascensores, rampas, salvaescaleras…): el 60 % del coste, el 80 % si en el edificio vive alguien con discapacidad o mayor de 65 años, y el 100 % en los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada, con topes por tipo de obra. La última convocatoria estuvo abierta del 11 de marzo al 10 de abril de 2025.

Qué exige

  • El edificio se terminó antes de 2006 (salvo que viva en él una persona con discapacidad o mayor de 65 años).
  • Al menos el 70 % de la superficie sobre rasante es de uso residencial.
  • Al menos el 50 % de las viviendas son domicilio habitual y permanente. La convocatoria no dice de quién: pregunta si cuenta el de tu inquilino antes de contar con tu piso.
  • Hay un informe técnico anterior a la solicitud y el acuerdo de la comunidad.

Cómo se pide

La pide la comunidad de propietarios por la sede electrónica de la Junta de Andalucía (procedimiento 25372), en el plazo de cada convocatoria. Llévaselo a tu administrador de fincas.

Ir a la sede oficial (se abre en otra web)

Qué pasa en tu declaración de la Renta

La ayuda no está en la lista de ayudas que no tributan (disposición adicional 5.ª.4 de la Ley 35/2006): con el criterio general, cada propietario declara la parte que le corresponde como ganancia patrimonial en la base general, en el año en que se cobra (artículos 14.2.c, 33.1, 45 y 88 de la Ley 35/2006). En una vivienda alquilada, consulta con tu asesor si conviene tratarla como menor coste de la mejora que amortizas. Tu derrama por la obra puede ser gasto del alquiler o, si es una mejora, amortizarse (artículos 13 y 14 del Reglamento del IRPF).

¿Alquilas una vivienda?

En controldealquiler.com ves las ayudas que encajan con dónde está tu vivienda y, si sale una nueva para tu zona, te lo podemos avisar por correo. Además, cada gasto de tu alquiler queda en su casilla de la renta.

Fuente: Orden de 22 de octubre de 2024, convocatoria de la línea 2 de ayudas a la mejora de la accesibilidad en edificios residenciales (BOJA núm. 211, 29-10-2024, https://www.juntadeandalucia.es/boja/2024/211/4; extracto: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2024/211/5); bases: Orden de 1 de agosto de 2023 (BOJA núm. 150, 7-08-2023)

Comprobado el 24 de septiembre de 2026

Resumen informativo. Antes de pedirla, lee la convocatoria oficial (se abre en otra web): los requisitos y plazos que valen son los suyos.