Ayudas al arrendador

Accesibilidad en Galicia: entre el 60 % y el 80 % y hasta 18.000 € por vivienda, también si está alquilada

Expirada · suele volver a convocarse

La pide tu comunidad de propietarios

Depende de dónde está la vivienda

Subvención de hasta el 60 % del coste (80 % con discapacidad o mayores de 65 años), con topes de 12.500 € por unifamiliar, 9.000 € por vivienda en edificio (más 90 € por m² de local) o 6.000 € para obras dentro de la vivienda, que suben a 15.000-18.000 € con discapacidad. La piden comunidades, propietarios y también inquilinos que paguen la obra. La última convocatoria fue la de 2025.

Qué exige

  • El edificio o la vivienda se terminaron antes de 2006.
  • En un edificio, al menos el 30 % de las viviendas es domicilio habitual de propietarios, usufructuarios o inquilinos.
  • En una unifamiliar o una solicitud individual, la vivienda es domicilio habitual del propietario, del usufructuario o del inquilino: una vivienda alquilada entra.
  • Hay acuerdo de la comunidad y licencia.

Cómo se pide

En la sede electrónica de la Xunta (procedimiento VI435B), dentro del plazo de cada convocatoria.

Ir a la sede oficial (se abre en otra web)

Qué pasa en tu declaración de la Renta

La ayuda no está en la lista de ayudas que no tributan (disposición adicional 5.ª.4 de la Ley 35/2006): con el criterio general, cada propietario declara la parte que le corresponde como ganancia patrimonial en la base general, en el año en que se cobra (artículos 14.2.c, 33.1, 45 y 88 de la Ley 35/2006). En una vivienda alquilada, consulta con tu asesor si conviene tratarla como menor coste de la mejora que amortizas. Tu derrama por la obra puede ser gasto del alquiler o, si es una mejora, amortizarse (artículos 13 y 14 del Reglamento del IRPF).

¿Alquilas una vivienda?

En controldealquiler.com ves las ayudas que encajan con dónde está tu vivienda y, si sale una nueva para tu zona, te lo podemos avisar por correo. Además, cada gasto de tu alquiler queda en su casilla de la renta.

Fuente: Resolución de 17 de marzo de 2025 del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, convocatoria 2025 del programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas (VI435B), Plan Estatal 2022-2025 (RD 42/2022), ordinales 4.º, 5.º y 8.º (BDNS 820858, https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/820858)

Comprobado el 24 de septiembre de 2026

Resumen informativo. Antes de pedirla, lee la convocatoria oficial (se abre en otra web): los requisitos y plazos que valen son los suyos.